El convenio regulador es como el libro de instrucciones de la familia.

Una instrucciones que para que realmente sean de utilidad, deben de haber sido previamente consensuadas por cada familia, es decir, que no deben de seguir “instrucciones” externas, sino deseñadas a partir de la realidad de cada cual.
El éxito de un buen libro de instrucciones propio radica en que no sea necesario consultarlo continuamente. Ello sólo ocurrirá si durante su propio proceso de creación, ambos progenitores se han implicado en buscar respuestas adaptadas a las necesidades de sus hijos, y por tanto, su aplicación tras el divorcio, no es más que una consecuencia lógica.
Ante una separación hay muchas cuestiones que atender, siendo una de las más importantes la organización de tiempos de cuidados de los hijos, y este es uno de los aspectos principales que recoge el convenio regulador.
En consulta escuchamos muchas veces “es que queremos hacerlo por las buenas y no queremos hacerlo con papeles, no lo necesitamos” y otras frases similares.
A nuestro entender, dicha afirmación nace de la interpretación errónea de que “concretar” implica “perder flexibilidad y libertad” en las tomas de decisiones tras el divorcio.
En numerosas ocasiones esta postura encierra miedo y/o desconocimiento de lo que realmente es un convenio regulador y sus funciones, por ello hoy queremos explicarte con detalle en qué consiste, para que puedas tener las nociones básicas que te permitan tomar una decisión más consciente y libre al contar con la información necesaria.
Pues un convenio regulador no es sinónimo de hostilidad ni de desacuerdo.
Qué es un convenio regulador
Es el documento que regula un contenido específico que tiene que ver con los hijos en común a parir de la separación.
El contenido mínimo que recoge versa sobre:
- El uso de la vivienda familiar
- La modalidad de guardia y custodia
- El régimen de visitas
- La contribución económica en relación a los hijos (pensión de alimentos)
La elaboración del mismo es independiente a vuestro estado civil, pues el objetivo de este no es regular vuestra situación de pareja, sino la que mantenéis por tener hijos en común, es decir, la de figuras parentales de las mismas criaturas.
Aunque al inicio puedas pensar que es innecesario y que no lo necesitáis, debes saber que sí es necesario para acreditar vuestra situación personal, familiar y económica frente a la administración, lo cual puede suponer un problema si no está debidamente acreditada.
Por ejemplo, a la hora de solicitar cualquier tipo de ayudas económicas o subsidios, así como para hacer la declaración de la renta, empadronamiento de los hijos, etc. En todas estas situaciones, necesitarás una resolución judicial que acredite la situación de la unidad familiar.
Una resolución judicial no requiere pasar por un juicio, basta con que fiscalía y un juez o jueza ratifique el convenio regulador. Más adelante te explicamos esto con más detalle.
Y es que en caso de no contar con este documento, si estáis casados, sois pareja de hecho o estáis empadronados en la misma vivienda, a falta de regulación, la administración va a computar también los ingresos de tu expareja.
Por lo que si estás en una situación desfavorecida, documentalmente no quedará reflejado y no percibirás la ayuda que solicitas o que te pertenece.
Una situación que se repite a menudo es cuando se matricula a algún hijo en una escuela infantil. En ese caso, si la guardia y custodia la asume en el día a día uno de los progenitores, si no hay convenio regulador que regule dicha situación, se contabilizarán como ingresos de la familia los ingresos de ambos. Ante esto es posible que en muchos casos no haya reducción en el pago de la matrícula escolar, pues no se puede optar a las ayudas al superar los ingresos máximos establecidos.

Esta situación se resuelve contando con un convenio regulador, homologado judicialmente, donde queda reflejada la situación económica real de la familia.
La homologación judicial es fundamental en los procesos en los que existen menores de edad, ya que debe de contar con el visto bueno del ministerio fiscal (operador jurídico encargado de velar por los intereses de los menores). Por ello, aunque haya mutuo acuerdo para que el documento tenga validez legal, deberá estar ratificado por fiscalía y un juez o jueza.
Esto no quiere decir que paséis por un juicio, sino que una vez elaborado y firmado por ambos y un abogado/a, deberá entregarse el documento en el juzgado para que las figuras anteriormente citadas lo firmen. Más adelante te hablamos con detalle sobre esto.
Es importante que entiendas que el convenio regulador tiene realmente una función de desbloqueo, no de generador de conflictos.
En este sentido, es también importante tener unas expectativas realistas y normalizar los momentos de tensión o desacuerdo durante el proceso. Lo que cada uno exprese no conlleva que se vaya a hacer de forma irrevocable, sin embargo es importante que cada uno se exprese libremente desde el respeto para terminar consensuado las decisiones.
Es normal que se den conflictos, pues estáis en un momento muy sensible de vuestra relación y también a nivel individual, pues os encontráis en carne viva emocional.
Por ello es muy importante que os cuidéis en este proceso y una de las formas tiene que ver con pedir ayuda si vuestra comunicación no es tolerante y respetuosa.
Hace muy pocos meses, una jueza de familia de Valencia nos comentaba cómo ve que muchas personas firman convenios que estando centradas no firmarían, pero movidas por la culpa, el rencor, el reproche, el sometimiento… aceptan o deciden cuestiones que sa salen de sus principios y valores.
Ella recalcaba que la justicia no es la solución y por ello entiende, al igual que nosotros, que acudir a un abogado/a no debe ser la primera opción, sino que conviene atender primer lo emocional para calmar el revuelo emocional y así tomar decisiones más coherentes con uno mismo y una misma y con la familia que se es.
Así sin duda, las necesidades de las criaturas podrán ser más tenidas en cuenta y puestas en el centro de cada decisión, uno de los pilares principales de una Separación Consciente.
¿Podemos hacer el convenio regulador por nuestra cuenta?
Sí, existen plantillas en internet que os permiten elaborarlo entre vosotros dos.
¿Desde nuestra experiencia profesional y personal como madre y padres separados os recomendamos esta opción? No, en ningún caso.
Para la firma final del convenio regulador es imprescindible la figura del abogado/a y procurador/a, por lo que aunque os descarguéis una plantilla de internet y lo hagáis vosotros, necesitáis después a un abogado/a que firme el documento y un procurador/a que haga sus funciones de tramitar el documento en los juzgados.
Esto último es un mero trámite imprescindible para que fiscalía y posteriormente un juez o jueza ratifique el convenio y así se convierta en un documento oficial con validez legal (necesario para el tema de las ayudas que te comentábamos en el epígrafe anterior).
Si la reticencia de hacerlo con abogados es el tema económico, debes saber que hay formas de abaratar los costes:
- Solicitando derecho de asistencia jurídica gratuita, de esta forma te asignarán profesionales de oficio y no tendrás que abonar honorarios profesionales. Ello dependerá de tu situación económica.
Para saber si puedes optar este derecho, debes acudir al Servicio de Orientación Jurídica del Colegio de Abogados más cercano a tu localidad.
- En el caso de que no tengas derecho a asistencia jurídica gratuita, acudiendo ambos al mismo abogado o abogada, el proceso será más económico pues en este caso bastará con un mismo profesional para ambos.
Vosotros solo debéis elegir el abogado o abogada que os acompañe en el proceso, el procurador suele ser con el que normalmente trabaje el abogado elegido, si bien no hay inconveniente en que sea también elegido por vosotros en el caso de que tengáis algún profesional de confianza. Su labor será la de recibir todas las notificaciones y tener el seguimiento de los trámites judiciales y su coordinación con vuestro letrado/a.
Es cierto que si os descargáis una plantilla de internet y lo elaboráis vosotros, el precio se reduce muchísimo, sin embargo el coste emocional y económico posterior es mucho mayor, y por ello no recomendamos para nada que lo hagáis por vuestra cuenta.
Para conocer el coste económico que os supondrá, si vais de mutuo acuerdo, podéis solicitar a tantos abogados como deseéis una hoja de encargo, que es un presupuesto. Así tenéis claro el coste y podéis valorar mejor.
En caso de que cada uno escoja un abogado, los precios varían porque dependerá de si llegáis a un mutuo acuerdo o finalmente vais a juicio.
Resumen de las figuras que intervienen en la elaboración del convenio regulador:
Si te has liado con tantos profesionales que intervienen en la elaboración de este documento, es normal, es un mundo desconocido para la mayoría hasta que nos separamos y nos toca aprender.
Por eso te hacemos esta síntesis rápida:
Abogado/a: es la figura imprescindible primera para que el convenio regulador tenga validez jurídica, es decir, para que sea legal. Os puede acompañar en el proceso o simplemente firmarlo si lo habéis hecho vosotros, previa verificación de que es correcto. En este caso verificará que es correcto, no si es o no un buen convenio.
Procurador/a: es la segunda figura imprescindible y es la encargada de hacer el seguimiento en el juzgado del proceso. Es la persona puente entre el abogado/a y el juzgado.
Fiscalía: es la tercera figura imprescindible, es la encargada de corroborar que los intereses de los menores a vuestro cargo están salvaguardados.
Juez/a: aunque no vayáis a juicio porque de una manera u otra hayáis llegado a un mutuo acuerdo, necesitáis la firma de un juez o jueza que ratifica el convenio regulador. Desde el momento de su firma el documento ya tendrá validez legal.
Motivos por lo que es positivo elaborar un convenio regulador
El convenio regulador debe recoger la realidad de la organización de la familia, por lo que no se trata de que os adaptéis a un documento estanco, sino que sea 100% personalizado y ajustado a vuestra realidad.
Debe detallar todas las cuestiones prácticas de vuestra familia, eso será lo que lo convierta en un buen convenio, pues debe tener un criterio de desbloqueo. Tal vez en el presente os entendéis, y sea así o no, vuestras circunstancias personales y profesionales son unas determinadas, y podéis funcionar bien de una manera concreta, ¿pero qué pasaría si a uno de los dos le cambian el horario laboral dentro de dos años?
La vida tiene su propia realidad y circunstancias y para ponéroslo fácil un buen convenio regulará vuestra situación ante dichos cambios, evitando así posibles conflictos y fricciones en el futuro.
No se trata de elaborar un convenio regulador por si el día de mañana hay mal rollo, que también, sino sobre todo para que el hecho de no estar de acuerdo en el futuro no merme vuestra relación.
Ya que como pareja habéis terminado, pero como madre y padre de los mismos hijos tenéis un vínculo que sí es para siempre.
Por eso decimos que este documento debe tener un criterio de desbloqueo y no consideramos oportuno conformarse con plantillas estándares, pues estas se quedan muy cortas y no recogen todos los detalles prácticos de la familia.
Así, a corto plazo puede resolver, pero a largo plazo no cumplirá su función al dejar tantos flecos sueltos como conflictos potenciales. Por lo que os tocará ir llegando a acuerdos en tantas cuestiones como estas no hayan quedado reflejadas en el convenio regulador.

Por ejemplo, es habitual que en los convenios no quede claro la cuestión del empadronamiento de los menores. En los casos en los que se ha acordado una guardia y custodia compartida, puede suponer un conflicto posterior entre los progenitores ya que ello tiene consecuencias en aspectos concretos como la declaración de la renta, posibles ayudas económicas municipales, respecto a la plaza asignada en el centro de escolarización de los menores…
En caso de desacuerdo con respecto al lugar de empadronamiento de los menores, la única vía para desbloquear dicha situación será entonces sí, la vía judicial.
La solución es muy simple cuando queda recogida en el convenio regulador, por eso es importante que la elección del abogado o abogada sea muy consciente y responsable para escoger a quien está especializado en estos asuntos de familia y así que no se deje detalles atrás.
Si entre vosotros dos no os ponéis de acuerdo, no demoréis el momento de pedir ayuda. ¿Qué tipo de ayuda? Por desgracia la mayoría cuando se separe acude a un abogado o abogada, sin embargo nosotros vemos cómo la relación de muchas pareja se deteriora muchísimo por acudir al ámbito jurídico sin haber atendido antes lo emocional.
Ante una separación se afrontan muchos duelos: el de la pareja que deja de existir, el de la familia que ya nunca seremos, el del proyecto de vida que se esfuma… Y además se abren heridas que nada o poco tienen que ver con la relación de pareja y sí con la historia personal (sobre todo la infancia) de cada uno.
Por ello, en pleno revuelo emocional y estando en carne viva emocional, se hace realmente difícil poder llegar a acuerdos.
Para no tomar decisiones desde la culpa, el rencor, el reproche, el sometimiento… es importante atender primero lo emocional.
Así sentaros después y poneros de acuerdo será un proceso mucho más ágil, y entonces sí, el convenio regulador recogerá la organización ideal de vuestra familia.
Y es que es muy importante que antes de darle forma jurídica a este documento, el mismo refleje vuestra organización con detalle, por ello es importante no tener prisas y hacerlo dándoos el tiempo que necesitéis.
Eso sí, tampoco dilatarlo en el tiempo durante años como a veces vemos en consulta.
Para elaborar un buen convenio regulador
Antes de sentarte a elaborar un convenio regulador debes hacer un ejercicio de reflexión para no dejarte llevar por el dolor que sientes.
A continuación te dejamos algunas cuestiones que puedes tener en cuenta para antes y durante la elaboración de este documento:
- Recibir asesoramiento para conocer todas las posibilidades.
- Separar las cuestiones económicas de las de cuidados de los menores. Así se evita utilizar a los hijos como parte de una negociación.
- Tomar perspectiva de las edades de los menores, su madurez emocional y vínculos actuales para poner sus necesidades en el centro de las decisiones.
Para esto último es fundamental no mentirse, es decir, contarse verdades para no excusarse en «es por los niños» cuando realmente lo que hay es exceso de control, violencia vicaria, miedo a a la soledad… Se trata en definitiva de atender las necesidades auténticas de las criaturas. - Ayuda también recordar que esa fue la persona que elegiste como madre o padre de tus hijos y que ellos son fruto de vuestra relación.
- Y es bueno también tener presente que tus hijos no son de tu propiedad.
Para lograr tener en cuenta todo esto, desde nuestro punto de vista es fundamental recibir ayuda emocional en primer lugar. Pues de lo contrario es fácil dejarse arrastrar por el miedo y entrar en la lucha contra la otra persona, que es la misma que en su día elegiste como padre o madre de tus hijos.
Una vez atendido todo el revuelo emocional, entonces será mucho más fácil que os sentéis a hablar y acordar vuestra organización familiar para después darle forma jurídica a lo que para vosotros es importante.
Como dice la abogada Maribel Montero, confiar que el juzgado va a responder a todo lo que una familia necesita durante y tras un divorcio “ es apoyar la escalera en la pared equivocada” ( frase muy conocida de Stephen Covey y que creemos que ilustra perfectamente lo que queremos compartir contigo).
Es por ello que desde CREADA, consideramos que un asesoramiento jurídico especializado y la posterior homologación judicial son muy necesarios, pero no son suficientes si lo que deseas es la estabilidad de tu familia.
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