Iniciar los trámites legales de la separación o del divorcio es algo que suele abrumar porque es un mundo desconocido y porque tiene un gran peso simbólico, por ello a veces se procrastina y se lleva a cabo mucho tiempo después de la toma de decisión.
Para aportarte tu luz sobre este tema, le hemos pedido ayuda a una experta en el tema en la que Miguel Ángel y yo confiamos mucho, Andrea López Bruno, abogada, mediadora familiar y Coach experta en autoestima y dependencia emocional, para que te cuente cuáles son los pasos legales a seguir tras tomar la decisión de la separación.
Así que el post de hoy lo ha escrito ella con mucho cariño para ti:
Si estás leyendo estas líneas seguramente estás pensando en divorciarte o quizás la decisión la tienes tomada, pero te da un poco de miedo iniciar los trámites legales. Puede que pienses que será un proceso largo y difícil, muy caro o incluso puede que te provoque rechazo el hecho de darle forma legal a lo que ya es un hecho, porque eso constituye un final definitivo.
Sea cual sea la situación en la que te encuentras, voy a explicarte de forma sintética, clara y con un lenguaje coloquial todo lo que necesitas saber sobre los trámites legales que implica un divorcio o una separación en España.
Empezaré contándote que en el año 2005 (hace bien poco) se reformaron el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil y a partir de entonces se suprimió la necesidad de alegar una causa legal para divorciarse o separarse y la obligatoriedad de estar dos años separados antes de iniciar el divorcio. En la actualidad no hay que justificar absolutamente nada, el único requisito es que hayan transcurrido al menos tres meses desde la celebración del matrimonio.
Este requisito se suprime en los casos de que exista riesgo para la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o libertad e indemnidad sexual del cónyuge que solicita el divorcio o de los hijos e hijas de ambos o de cualquiera de los miembros del matrimonio. En este caso se puede solicitar incluso al día siguiente de su celebración.
La separación y el divorcio tienen los mismos efectos pero sólo el divorcio disuelve el matrimonio y posibilita un nuevo matrimonio.
Como ya sabes, hay dos maneras de divorciarse: “por las buenas”(divorcio de mutuo acuerdo) o por “las malas”(divorcio contencioso). A continuación te explico todas las opciones y escenarios posibles.
DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO
En el juzgado
En el caso de que tu ex pareja y tú tengáis ya claros los acuerdos para vuestro divorcio, necesitaréis un abogado y un procurador (pueden ser los mismos para los dos, de hecho, es lo más frecuente).
El abogado será el responsable de plasmar en el convenio regulador esos acuerdos a los que habéis llegado para que lo firméis y presentarlo en el Juzgado, junto con la demanda de divorcio de mutuo acuerdo (se llama demanda aunque nadie reclama nada a nadie…cosas del Derecho).
También responderá cualquier duda o inquietud que te pueda surgir y te explicará qué acuerdos son posibles y cuáles no y las consecuencias que conlleva cada uno.
Es importante que sepas que si en el futuro las cosas se complicaran y tuvieras que acudir al juzgado para solicitar algún cambio o exigir el cumplimiento de algún acuerdo, tendrías que contratar a otro abogado; no te puede asistir el mismo que lo hizo por la vía del mutuo acuerdo.
El procurador es el profesional que te representa en el juzgado. Puedes elegir entre otorgar un poder ante notario (tiene un coste pero te sirve para cualquier procedimiento) o apoderarle en el mismo Juzgado “apud acta”(es gratuito y solo sirve para este procedimiento en concreto).
Los asuntos sobre los que tenéis que poneros de acuerdo son los siguientes:
- Guarda y custodia de los hijos.
- Régimen de visitas.
- Pensión de alimentos.
- Pensión compensatoria.
- Uso de la vivienda familiar.
- Liquidación de la sociedad de gananciales ( esto puede dejarse para un momento posterior si es vuestro deseo o si por circunstancias no interesa hacerlo de momento).
Una vez instada la demanda acompañada del convenio regulador, el Juez y el fiscal, si hay hijos menores, vigilarán que el acuerdo no contiene pactos contrarios a la ley o perjudiciales para los cónyuges e hijos. Posteriormente os citarán para ratificaros (firmar que seguís de acuerdo en todo) y finalmente el Juez dictará sentencia aprobando el convenio regulador y decretando el divorcio.
Esta vía judicial es la única si tenéis hijos menores o mayores incapacitados y el Juzgado competente es el Juzgado de Primera Instancia del último domicilio conyugal.
Mediación familiar
Si estáis teniendo dificultades para llegar a acuerdos pero os gustaría alcanzarlos y apostáis por un divorcio pacífico, la Mediación es para vosotros.
La Mediación es un método alternativo de resolución y gestión del conflicto para llegar a acuerdos sin necesidad de la intervención de un Juez.
El mediador es un tercero imparcial, entrenado en herramientas de comunicación, resolución de conflictos y gestión emocional entre otras, que os ayudará y acompañará en el proceso, pero los verdaderos protagonistas seréis vosotros que sois los que mejor conocéis las necesidades de vuestra familia.
Una vez alcanzados los acuerdos, será un abogado el que deba plasmarlos en un convenio regulador.
Dependiendo de vuestro caso, tendréis que homologarlo judicialmente para lo cual necesitaréis también un procurador o podréis optar por la vía notarial con la participación solo de un abogado.
En el notario
En el caso de que no tengáis hijos menores no emancipados o incapacitados, podréis acudir a un notario para tramitar el divorcio.
Vuestro abogado presentará el convenio regulador en la notaría y, una vez supervisado por el notario, lo firmaréis en su presencia. Ellos mismos se encargan de inscribirlo en el Registro Civil.
En el caso de haya hijos mayores de edad o menores emancipados deberán otorgar consentimiento si hay medidas que les afectan por carecer de ingresos y convivir en el domicilio familiar.
Si el notario considerara que algún acuerdo es perjudicial para alguno de los involucrados, os lo hará saber y dará por terminado el expediente. En este caso, sería el Juez el que debería aprobar el convenio regulador.
DIVORCIO CONTENCIOSO
Partimos de la base de que siempre será más beneficioso para todos un divorcio de mutuo acuerdo, pero la realidad es que a veces esto no es posible.
Bien sea porque nos resulta imposible llegar a acuerdos que nos satisfagan, por nuestra incapacidad de comunicarnos, por posturas rígidas antagónicas o incluso por la imposibilidad de ponernos en contacto con la otra parte, lo cierto es que el divorcio contencioso es la única opción en estos casos y es el mecanismo que nos ofrece la Ley.
En este caso, una de las partes presenta, con asistencia de letrado y procurador, una demanda con sus pretensiones (qué quiere conseguir en cuanto a custodia, alimentos, visitas ,etc…) a la que el otro deberá contestar en plazo (20 días), también contando con abogado y procurador. En la contestación a la demanda se manifestará la conformidad o no con lo solicitado y se propondrán otras medidas en su caso.
Posteriormente, se citará a las partes para una vista o juicio oral en el que cada uno podrá aportar las pruebas que considere que apoyan su solicitud.
En la mayoría de las ocasiones implica también someterse a estudios psicosociales, peritajes psicológicos, económicos ,etc…
Una vez celebrado el juicio, el Juez dictará sentencia reconociendo, en cualquier caso, el divorcio y acordando las medidas que lo regirán.
El Juzgado competente en este caso es el del último domicilio conyugal o el de residencia de la persona demandada a elección del que interpone la demanda.
En cuanto a la documentación que necesitaréis, depende de vuestro caso concreto, pero por lo general son los siguientes:
-Certificado de matrimonio.
-Certificado de nacimiento de los hijos.
-Certificado de empadronamiento (no siempre lo solicitan).
-Documentación económica en su caso (escrituras, documentos de propiedad, certificados bancarios, etc…).
Dada la trascendencia que un divorcio tiene en nuestras vidas y teniendo en cuenta que nos condicionará por los próximos años, sobre todo si tenemos hijos, vale la pena enfocarlo de una manera responsable y reflexiva, con un buen asesoramiento que abarque no solo los aspectos legales, sino también el plano emocional o incluso psicológico puesto que nuestro estado anímico determinará la calidad de nuestros acuerdos y decisiones.
Te deseo el mejor de los divorcios.
Sé que es duro y también sé que puedes.
Bienvenida a tu nueva vida.
Andrea López Bruno, abogada y mediadora familiar.
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